Para colaborar con la Fundación Voces Locales
Para colaborar con aporte monetario
Para colaborar con un aporte monetario, le solicitamos realizar transferencia a la cuenta de la fundación. Este aporte puede ser a la Fundación como organización o bien dirigida específicamente a alguno de los proyectos en desarrollo, para lo cual en el asunto de la transferencia se debe indicar el código que posee cada proyecto.
El listado de proyectos puede revisarlo en el siguiente link

Fundación Voces Locales está considerada dentro de la Ley de Donaciones Cultuales para recibir aportes de empresa y obtener éstas beneficio tributario señalado en la ley.
Una vez recibida la donación, nuestra fundación otorga un certificado que es válido para ser incluido en el ejercicio contable anual del año correspondiente.

Fundación Voces Locales RUT : 65.201.248 – 5
Chequera Electrónica 82571949969
info@fundacionvoceslocales.cl
Además, a partir del año 2023, se ha realizado un convenio con La Librería vallevolcanes de Puerto Montt, para permitirá recibir donaciones de vuelto de las compras como también aportes directos de personas o empresas que deseen colaborar con el desarrollo y crecimiento de la fundación y de los proyectos en curso.

Para colaborar con trabajo voluntario
Otra forma de colaborar con el trabajo de la Fundación es dedicando algo de tiempo y capacidad a alguno de los proyectos en desarrollo como también a completar la base de datos del Archivo Local.
Hay muchos documentos y entrevistas que requieren ser transcritos a computador para que sean un aporte a la comunidad y a futuros estudios, facilitando así la difusión de la información y el avance de las investigaciones y estudios.
Estas actividades de trabajo voluntario son posibles de realizar en cualquier lugar y en el horario que más acomode, ya que el envío y la recepción de la información y documentos se realiza electrónicamente.
Para consultas o incorporarse a esta iniciativa de trabajo colaborativo, favor escribirnos al siguiente correo: info@fundacionvoceslocales.cl
Que es y como funciona la Ley de Donaciones Culturales
Es una herramienta de fomento a la creación, difusión y circulación cultural y patrimonial, contenida en el artículo 8° de la Ley n° 18.985, que Establece Normas sobre Reforma Tributaria, promulgada en junio del año 1990, cuya última modificación fue introducida por la Ley n° 20.675, del 2013, que comenzó a regir el año 2014.
Se trata de un instrumento de financiamiento mixto para proyectos artísticos, culturales y patrimoniales, en que concurren recursos privados y públicos: por una parte, el donante privado aporta directamente a un proyecto y, por la otra, el Estado le otorga beneficios tributarios al donante, dejando así de percibir parte de los impuestos que este debería pagar en el ejercicio en que se hace efectiva la donación.
La finalidad y espíritu de esta norma es estimular la inversión privada en proyectos artísticos, culturales y patrimoniales, complementando de esta manera otros mecanismos que provee el Estado para su fomento, difusión y circulación, con el objeto de facilitar el acceso de todos los ciudadanos a bienes y/o servicios culturales
Contribuyentes del Impuesto a la Renta de Primera Categoría que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa. Estos contribuyentes podrán efectuar donaciones incluso cuando tengan perdidas tributarias en el ejercicio, con las siguientes condiciones: